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¿En qué consiste la discriminación en el acceso a la vivienda?

Muchas personas desconocen que fueron víctimas de discriminación en el acceso a una vivienda; y muchos inquilinos y compradores de vivienda no conocen plenamente las actividades que son ilegales bajo la Ley Federal sobre Vivienda Justa o bajo la Legislación de Nueva Jersey contra la Discriminación.

¿Qué establece la Legislación de Nueva Jersey contra la Discriminación?

Según la Legislación de Nueva Jersey contra la Discriminación (LAD, por sus siglas en inglés) está prohibido discriminar a una persona al vender o alquilar una propiedad. Los propietarios de viviendas no pueden seleccionar a los inquilinos o compradores a partir de su raza, credo, color, nacionalidad de origen, ascendencia, nacionalidad, sociedad conyugal o de hecho o estado de unión civil, sexo, identidad o expresión de género, discapacidad, orientación sexual o afectiva, estado familiar o fuente lícita de ingreso o fuente lícita para pago del alquiler, tal como, la asistencia para alquiler proveniente del Programa de Vales para Elección de Vivienda -antes conocido como Sección 8. La LAD no prohíbe la discriminación con base en la edad en el ámbito de la vivienda. Sin embargo, es ilícito discriminar a familias con niños, excepto en el caso de desarrollos habitacionales especialmente destinados a personas de la tercera edad, donde se podría permitir la exclusión de niños.

Para tener más información sobre la discriminación en vivienda, haga clic en el enlace de abajo para visitar el sitio web de la División de Derechos Civiles. 

Legislación de Nueva Jersey contra la Discriminación

Ejemplos de discriminación en el acceso a la vivienda bajo la LAD:

  • Un agente de bienes raíces intenta persuadir a una persona para que no compre o alquile una vivienda en determinado vecindario. Esto se conoce como direccionamiento o steering.
  • Un arrendador se niega a alquilar un departamento a una persona discapacitada mentalmente.
  • En un anuncio en el periódico se anuncia que una vivienda está disponible para solicitantes blancos.
  • Una persona afroamericana pide alquilar un departamento anunciado en un periódico, pero el arrendador le dice que ya fue alquilado. Sin embargo, esto no es cierto y, posteriormente, el apartamento es alquilado a una persona de raza blanca que se interesó por el departamento al leer el mismo anuncio.
  • Un arrendador desaloja a una inquilina de raza blanca de su vivienda móvil porque ahí recibe visitas de sus amigos afroamericanos.
  • Un arrendador se rehúsa a alquilar un departamento a una familia que tiene niños, o sólo les permitirá que vivan en ciertos edificios o pisos, o les cobra depósitos de garantía más altos.
  • Un arrendador verifica siempre el historial de crédito de todos los solicitantes afroamericanos y latinos para buscar excusas en problemas mínimos de crédito para denegarles la opción de alquilar un apartamento. Sin embargo, no siempre lo hace con los solicitantes de raza blanca o ignora los mismos pequeños problemas de crédito.
  • Un arrendador se rehúsa a alquilar un apartamento a una mujer soltera, pero sí lo alquila a un hombre soltero.
  • Una entidad bancaria niega un préstamo a un comprador de vivienda elegible porque la misma se encuentra en un vecindario de minorías.
  • Un arrendador solicita mayores depósitos de garantía o altos alquileres a personas afroamericanas o latinas que a inquilinos de raza blanca.
  • Una inquilina y su familia son desalojados de su apartamento porque ella rechazó las insinuaciones sexuales del arrendador.
  • Un arrendador se niega a alquilar un apartamento a una persona ciega porque ésta tiene un perro guía.