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Comunicado de Prensa

Departamento de Banca y Seguros de Nueva Jersey

Comisionada Marlene Caride

Para publicación inmediata:
4 de mayo, de 2020

Para más información:
Trish Graber
Trish.Graber@dobi.nj.gov

Teresa Sicard-Archambeault
Teresa.Sicard-Archambeault@dobi.nj.gov

(609) 292-5064

El Departamento de Banca y Seguros de NJ implementa proceso de licencia temporal para productores de seguros durante COVID-19

El Departamento modifica temporalmente ciertos requisitos debido a la emergencia del COVID-19

TRENTON — El Departamento de Banca y Seguros anunció hoy que ha implementado un proceso para emitir de forma temporal las licencias para las personas elegibles que quieren ser productores de seguros durante la pandemia del COVID-19.

El proceso que se está implementando de forma temporal es para garantizar la continuidad de los servicios de seguros indispensables y para abordar la interrupción en las licencias de los productores de seguros causada por la pandemia COVID-19. El Departamento comenzará inmediatamente a aceptar solicitudes de las licencias temporales. Las licencias temporales solo se emitirán durante el estado de emergencia y la emergencia de salud pública declarada por el gobernador Phil Murphy, y estarán en vigor por 30 días después que caduque la orden o por 180 días a partir de la fecha que fue emitida, lo que sea antes.

“El departamento está trabajando rápidamente para responder a las interrupciones causadas por la pandemia del COVID-19. En estos momentos, las instalaciones donde se realizan los exámenes de licencia en el estado están cerrados debido a la pandemia. Este proceso temporal permitirá que las personas de Nueva Jersey que previamente tomaron las clases que se requieren para obtener la licencia; trabajen como agentes de seguros y para garantizar que los consumidores tengan acceso a los servicios que ellos brindan”, dijo la comisionada del Departamento de Banca y Seguros, Marlene Caride. "Continuaremos revisando y haciendo ajustes cuando sea apropiado para abordar a los desafíos creados por esta crisis".

El Departamento emitió un boletín a todos los productores y aseguradoras del estado que detalla los requisitos de elegibilidad y el proceso de solicitud de la licencia temporal.

Según el boletín, una compañía de seguros con un certificado con autorización para operar en el estado debe patrocinar al solicitante de la licencia temporal y asumir la responsabilidad del titular de la licencia. El solicitante no necesita ser un empleado de la empresa, pero debe ser nombrado activamente para representar al asegurador que lo patrocina. La aseguradora patrocinadora debe estar autorizada a escribir la (s) línea (s) de seguro que el solicitante está solicitando.

Por regla general, el agente de seguro debe completar un curso previo a la licencia, pasar el examen de licencia y sacar sus huellas digitales antes de que pueda solicitar la licencia con el departamento. Como todas las instalaciones donde se realizan los exámenes están cerradas como resultado a la pandemia, el departamento está anulando los requisitos de exámenes y proporcionando licencias para aquellas personas que cumplan con ciertos requisitos.

Entre otros requisitos, el solicitante de una licencia de productor de seguro temporal debe ser residente de Nueva Jersey, completar un curso de educación previa a la licencia y completar el proceso de verificación de antecedentes / huellas digitales que está señalado en la página de internet del Departamento. Las solicitudes deben ser enviadas por la aseguradora que los patrocina. La solicitud en papel junto con cualquier otra documentación solicitada y el pago de la tarifa deben enviarse por correo, mismo como se establece en el boletín; las solicitudes de licencia temporal no pueden presentarse electrónicamente.

Lea aquí el boletín: https://www.nj.gov/dobi/bulletins/blt20_21.pdf

El departamento también emitió un boletín ampliando por tres meses el término de la licencia para los productores individuales el cual caducó entre el 31 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020. Las licencias de las entidades comerciales también se extenderán por tres meses hasta el 31 de agosto de 2020. Además, el departamento emitió una guía ordenando a los institutos que brindan educación en seguros, a renunciar al requisito de que los cursos de autoaprendizaje para la continuidad educativa se culminen en un examen supervisado del material ya presentado. Para facilitar el distanciamiento social según lo ordena la Orden Ejecutiva 107, para los cursos de autoaprendizaje tomados desde el 9 de marzo de 2020 hasta el 30 de junio de 2020, el examen no necesita ser monitoreado.

Lea aquí el boletín: https://www.nj.gov/dobi/bulletins/blt20_20.pdf

Los boletines se basan en otras acciones tomadas por el Departamento para mitigar el impacto del COVID-19 en los residentes y las empresas, que incluyen:

Para obtener información útil sobre el COVID-19 o para obtener más información sobre la respuesta del departamento a la pandemia, visite la página de Información de COVID-19 del Departamento.

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